División del Jefe de Bomberos del Estado
USO DE LA SEGURIDAD PÚBLICA
Para: Todo el Personal Policial y de Bomberos
Tema: Guía para la Inspección y Observancia de la Ley en el Uso de Fuegos Artificiales y Bengalas.
Fecha: 25 de junio de 2004
h La División del Jefe de Bomberos del Estado ha preparado una Guía para la Inspección y Observancia de la Ley en el Uso de Fuegos Artificiales y Bengalas con el objetivo de instruir mejor a los policías y bomberos locales en sus actividades de cumplimiento de las leyes para el uso de fuegos artificiales y bengalas según el Capítulo 791 de los Estatutos de la Florida, dado que alguno de estos oficiales pueden no estar al tanto de los detalles y pormenores de dichas leyes.
h La Guía para la Inspección y Observancia de la Ley en el Uso de Fuegos Artificiales y Bengalas puede ser utilizada como una consulta práctica para determinar si la conducta relacionada con los fuegos artificiales y bengalas es legal o ilegal.
h La observancia del uso de fuegos artificiales y bengalas es llevada a cabo por policías locales. (Sección 791.001, Estatutos de la Florida).
h Todos los años, durante o en fechas cercanas a las festividades, hay un incremento de lesiones relacionadas con fuegos artificiales.
h Todos los policías y bomberos deben estar al tanto de la resolución Miketa, que según el fallo del Tribunal de Apelaciones del 3er Distrito establece que si una persona firma una declaración en la que dice contar con una exención o excepción respecto de la prohibición de la venta de fuegos artificiales establecida en el Capítulo 791 de los Estatutos de la Florida, el distribuidor de fuegos artificiales no necesita contar más que con dicha declaración. La declaración puede ser provista por el vendedor de fuegos artificiales al comprador para que éste la firme. Debe tenerse sumo cuidado ante este tipo de situación, ya que la resolución Miketa es ley en este estado.
h Mediante la aprobación de ordenanzas municipales o del condado, algunos gobiernos locales han encontrado una manera efectiva de acabar con las "lagunas jurídicas" existentes en la venta ilegal de fuegos artificiales. Los gobiernos locales pueden revisar a modo de consulta las ordenanzas de localidades tales como los Condados Pinellas, Polk, y Sarasota. Las ordenanzas locales pueden ser más restrictivas que las leyes estatales y pueden incluir prohibiciones y restricciones adicionales sobre el uso, almacenamiento, venta y eliminación de fuegos artificiales y bengalas, que no figuran en la Guía para la Inspección y Observancia de la Ley.
h Aunque el Capítulo 791 prevé la destrucción de fuegos artificiales ilegales, la División del Jefe de Bomberos del Estado no posee autoridad normativa para proveer las normas o procedimientos. La adecuada destrucción posterior a la incautación de fuegos artificiales está regida por el Capítulo 62-730 del Código Administrativo de la Florida, adoptado por las normas del Departamento de Protección Ambiental. Luego de que la propiedad confiscada haya cumplido su propósito, por ejemplo como evidencia, los organismos de orden público pueden deshacerse de ella según lo establece la Sección 705.105 de los Estatutos de la Florida.
h Se recomienda a los policías locales contactar a sus asesores legales locales y trabajar con ellos antes de emprender acciones complejas destinadas a hacer cumplir la ley en relación con fuegos artificiales.
Hay dos versiones disponibles de la Guía para la Inspección y Observancia de la Ley en el Uso de Fuegos Artificiales y Bengalas. Haga clic en la versión que prefiera:
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