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INFORMES
Informe Anual de Fondos Fiduciarios, según la Sección 17.32, Estatutos de la Florida
Según la Sección 17.32, Estatutos de la Florida, la Tesorera deberá compilar un Informe Anual de Fondos Fiduciarios y presentarlo al Presidente del Senado y al Presidente de la Cámara, antes del 1 de febrero de cada año.
Año Fiscal 2007 *revisado 12/12/2007
Año Fiscal 2007 - Botón 4 *revisado 12/12/2007
Año Fiscal 2008
Informe de Fondos Fiduciarios, según la Sección 215.3206(3), Estatutos de la Florida
Según la Sección 215.3206(3), Estatutos de la Florida, la Tesorera debe compilar una lista de fondos fiduciarios programados para terminar dentro de los próximos doce meses y una lista de fondos fiduciarios exentos de la terminación automática. Las dos listas deberán ser presentadas como un Informe de Fondos Fiduciarios a la Oficina del Gobernador, del Presidente del Senado y del Presidente de la Cámara antes del 1 de septiembre de cada año.
Año Fiscal 2007
Año Fiscal 2008 |