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División de Compensación Legal por Accidentes de Trabajo

Requisitos Esenciales de Elegibilidad para Cobertura y Exención

Requisitos Esenciales de Cobertura

  • Un empleador en la industria de la construcción que emplea a uno o más empleados a tiempo completo o parcial, o un empleador en una industria que no sea de la construcción que emplea a 4 o más empleados a tiempo completo o parcial, debe tener un seguro para compensación legal por accidentes de trabajo. Entre los empleados se incluyen: Funcionarios corporativos, y para empleadores de la industria de la construcción, miembros de la compañía con responsabilidad limitada 440.02(9), propietarios únicos, y socios. Los funcionarios corporativos, los cuales para empleadores de la industria de la construcción incluyen a un miembro de una compañía de responsabilidad limitada, pueden ser elegidos para la exención de las disposiciones del Capítulo 440.
  • Un empleador en la industria de la construcción deberá exigir a todo subcontratista que subcontrate trabajo de un empleador que proporcione pruebas del seguro de compensación legal por accidentes de trabajo. Si el subcontratista tiene una exención válida, el subcontratista deberá proporcionar también una copia de su certificado de exención al empleador. 440.10 (c).
  • Todo cambio en los deberes laborales desempeñados por empleados o un aumento en el monto de la nómina de pagos de un comercio debe ser reportado a la compañía de seguros.
  • Si un empleador tiene garantizada la cobertura de compensación legal por accidentes de trabajo para sus empleados estableciendo un acuerdo de arrendamiento de empleados, el empleador debe identificar específicamente la cobertura para cada uno de los empleados. El empleador debe notificar a la compañía de arrendamiento del empleado sobre los nombres de todos los empleados cubiertos y sobre cualquier empleado adicional que esté trabajando en un lugar de trabajo que pueda haber sido excluido del acuerdo de arrendamiento de empleados. Cualquier cambio en los deberes laborales desempeñados por los empleados debe ser reportado también a la compañía de arrendamiento del empleado.

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Requisitos para Contratistas que No son del Estado

  • Un empleador que no es del estado y trabaja en la industria de la construcción debe notificar inmediatamente a la compañía de seguros y/o agente de seguros de sus empleados, que éstos están trabajando en la Florida.
  • Un empleado de la industria de la construcción que no es del estado, y que tiene empleados trabajando en la Florida, debe obtener una póliza de seguros para compensaciones legales por accidentes de trabajo o debe añadir un endoso a la póliza del contratista que no es del estado para que tenga a la Florida en la lista de la sección 3.A. de la póliza.
  • Un empleador (contratista) de la construcción de la Florida trabajando en este estado, que contrata a un empleador (subcontratistas) que no es del estado debe exigir prueba de un póliza de compensación legal por accidentes de trabajo, o un endoso a la póliza del empleador que no es del estado para incluir en su lista a la Florida en la sección 3.A. de la póliza. Si el empleador no proporciona prueba de una póliza de compensación legal por accidentes de trabajo de la Florida o de un endoso a la póliza, o no tiene una exención válida de la compensación legal por accidentes de trabajo; el empleador de la Florida (contratista) debe contactar su compañía aseguradora de compensación legal de accidentes de trabajo para actualizar su póliza e incluir dicho subcontratista y toda persona que esté empleada por dicho subcontratista 440.10.2 (g).

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¿Dónde se Encuentran Coberturas de Seguro para Compensación Legal por Accidentes de Trabajo?

Contacte un agente de seguros. También puede contactar las siguientes asociaciones de agentes de seguros:

  • Asociación de Agentes de Seguros de Florida en www.faia.com
  • Asociación Nacional de Agentes Profesionales de Seguros en www.piafl.org/wc-info.pdf o llame al (850) 893-8245
  • Asociación Latinoamericana de Agentes de Seguros en el 305-477-1442

Si no puede obtener cobertura en el mercado estándar de compensaciones legales por accidentes de trabajo, puede contactar la Asociación de Subscripciones Conjuntas de Compensaciones Legales por Accidentes de Trabajo de la Florida (FWCJUA) en el 941-378-7400 o visite su sitio web en www.fwcjua.com. Las tarifas de compensaciones legales por accidentes de trabajo en la FWCJUA será más altas que las tarifas en el mercado estándar.

También puede considerar la posibilidad de establecer un acuerde de arrendamiento con una organización profesional de empleadores que tenga cobertura garantizada para compensaciones legales por accidentes de trabajo en nombre de sus clientes.

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Información Esencial de Elegibilidad de Exención

Un individuo, como un oficial de una corporación, que elige ser exento quizá no pueda recuperar los beneficios de la compensación legal por accidentes de trabajo. Los requisitos de elegibilidad y documentación que deben ser presentados junto con la solicitud de exención están especificados en 440.05 y resumidas más abajo.

Oficial corporativo de industrias que no son de la construcción:

  • La corporación debe estar registrada en el Departamento de Estado de la Florida, División de Corporaciones- 440.05 (11)**.
  • El solicitante debe figurar como oficial de la corporación en los registros del Departamento de Estado de la Florida, División de Corporaciones- 440.02 (15) (b) (2).
  • No hay límite en la cantidad de oficiales corporativos elegibles para la exención
  • No hay tarifa para solicitud

EL oficial corporativo de la industria de la construcción, incluyendo un miembro de una compañía de responsabilidad limitada (LLC) 440.02 (9)

  • La corporación debe estar registrada en el Departamento de Estado de la Florida, División de Corporaciones- 440.05 (11)**.
  • El solicitante debe figurar como oficial de la corporación en los registros del Departamento de Estado de la Florida, División de Corporaciones- 440.05 (11).
  • El solicitante debe poseer al menos un 10 por ciento de las acciones de la corporación, comprobado por un certificado de acciones, o en el caso de una LLC, por una declaración atestiguada por notario, que atestigüe un 10 por ciento mínimo de propiedad - 440.02 (9).
  • El solicitante debe hacer una lista de todas las licencias certificadas o registradas emitidas a usted, según Capítulo 489, de los Estatutos de la Florida
  • Se requiere una tarifa de solicitud de $50.00 - 440.05 (8) (a).
  • No pueden ser elegidos como exentos más de tres oficiales de una corporación (incluyendo LLC) o de cualquier grupo de corporaciones afiliadas (incluyendo LLC) 440.02 (15) (b) (2).

**Los contratistas que no sean del estado y que son corporaciones o compañías de responsabilidad limitada pueden calificar como corporaciones extranjeras o compañías de responsabilidad limitada extranjeras presentando formularios y documentación específicos a la División de Corporaciones de la Florida. Para más información relacionada con los requisitos de calificación para extranjeros, llame al (850) 245-6051. Se puede acceder a los formularios en www.sunbiz.org.

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Cómo Obtener una Solicitud de Exención de la Industria de la Construcción

  • La Notificación de Elección para ser Exento (para DWC 250) se puede obtener en nuestro sitio web en http://www.myfloridacfo.com/WC/forms.html#6. Haga clic en formulario “DWC 250”. Haga clic en “DWC 250 Instrucciones” para visualizar las instrucciones para completarlo.
  • Para información adicional sobre las exenciones en compensaciones legales por accidentes de trabajo, llame a servicios al consumidor en el 1-850-413-1601.
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Disposiciones de Observancia de la División (Sección 440.107, E.F)

  • La División de Compensación Legal por Accidentes de Trabajo de la Florida es responsable de hacer cumplir a los empleadores los requisitos de cobertura de la ley de compensación legal por accidentes de trabajo. Los investigadores de cumplimiento tienen la autoridad para llevar a cabo inspecciones en el lugar de trabajo para asegurar el cumplimiento del empleador. Los investigadores también pueden pedir registros comerciales de un empleador. Un empleador debe producir los registros comerciales requeridos dentro de los cinco días hábiles del pedido por escrito de los registros. Si el empleador no llega a responder al pedido dentro de los cinco días hábiles, la división emitirá una orden de suspensión de trabajo sobre el empleado, lo cual requiere que el empleador cese todas las operaciones comerciales en el estado.
  • Se emitirá una orden de suspensión de trabajo a todo empleador a quien se le exija garantizar cobertura para compensación legal por accidentes de trabajo pero no lo haga. También se emitirá una orden de suspensión de trabajo en casos en los cuales un empleador tenga una póliza de compensación legal por accidentes de trabajo pero que declare menos de lo debido o que engañe en sus nóminas de pagos, represente mal o engañe en los deberes del empleado o no utilice los códigos de clase y tarifas de compensación legal por accidentes de trabajo.
  • Para que la división invalide una orden de suspensión de trabajo, un empleado debe proporcionar pruebas de que ha cumplido y que ha pagado la multa monetaria, o de que haya establecido un acuerdo de pago con la división.
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