<% %> Preguntas Frecuentes de la Sección de Recursos Humanos - División de Rehabilitación y Liquidación
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Recursos Humanos-Preguntas Frecuentes

¿Puedo enviar sólo el currículum vitae para una vacante publicada?

No. La División requiere que todos los solicitantes de empleo envíen una Solicitud de Empleo de la Administración Judicial (enlace dinámico). Puede incluir un currículum vitae junto con su solicitud pero debe completar la solicitud.

En la sección "experiencia", su currículum vitae sólo puede reemplazar para obligaciones y responsabilidades. Si escribe "ver currículum" en cualquier otra área, su solicitud puede ser descartada sin aviso.

¿Estoy solicitando un empleo estatal?

No. Está solicitando un empleo como "administrador judicial" con el Departamento de Servicios Financieros de la Florida, División de Rehabilitación y Liquidación (de aquí en adelante denominado "Administrador Judicial"). El empleo en la administración judicial es a voluntad. Empleo a voluntad significa que un empleado puede renunciar en cualquier momento y que el empleador puede despedir al empleado en cualquier momento, con o sin causa. El empleo a voluntad no es por un período determinado y puede finalizar en cualquier momento.

Además, los empleos en la administración judicial no son financiados a través de la legislatura sino a través de las compañías de seguros bajo la dirección de esta División (por ejemplo, compañías de seguro en quiebra).

De vez en cuando el Administrador Judicial publica vacantes estatales. Se pueden encontrar estos anuncios de oportunidades de empleo en My Florida en www.myflorida.com.

¿Si no seré empleado estatal, de donde proviene el dinero de mi sueldo?

Según la sección 631.271 de los Estatutos de la Florida, todos los costos y gastos del Administrador Judicial se pagan primero de los fondos de las compañías de seguro bajo la administración de la División. Los costos y gastos del Administrador Judicial incluyen los salarios del empleado.

¿Puedo enviar una Solicitud de Empleo en Administración Judicial al Administrador Judicial para que quede en archivos?

No. La División sólo acepta solicitudes de empleo publicadas en la actualidad. Se descartarán sin aviso los currículum vitae y solicitudes que no se hayan pedido.

¿Puedo enviar una sola solicitud para varios puestos?

A menos que se establezca de otro modo, debe enviar una solicitud por separado para cada puesto que desea solicitar.

¿Cómo envío una solicitud de empleo al Administrador Judicial?

Hay 3 maneras de enviar una solicitud de empleo en la Administración Judicial:

Entrega en mano

Puede dejar las solicitudes completas en nuestras oficinas de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., de lunes a viernes. Nuestra dirección es:

Florida Department of Financial Services - Receiver
2020 Capital Circle SE
Alexander Building
Suite 320
Tallahassee, FL 32301

Es el Koger Center ubicado en Capital Circle SE a aproximadamente una milla al sur de Apalachee Parkway. La oficina de Recursos Humanos está ubicada en la suite 320.

Fax

Puede enviar su solicitud por fax para que sea recibida dentro del plazo de entrega. Nuestro número de fax es (850) 921-6115. Sin embargo, también debe enviar una solicitud, por correo postal o entrega en mano, con la firma original.

Correo Postal de EE.UU.

Puede enviar solicitudes completas por correo postal a la siguiente dirección:

Attention: Human Resources
Florida Department of Financial Services - Receiver
Division of Rehabilitation & Liquidation
P.O. Box 110
Tallahassee, FL 32301

¿Puedo llamar o enviar un correo electrónico para verificar si se recibió mi solicitud?

Si. Puede llamar a la oficina de Recursos Humanos de la División al (850) 413-4444 o 4444. Nuestra dirección de correo electrónico es rehabhr@dfs.state.fl.us.

Una vez que reciben mi solicitud, ¿cuánto tiempo tardan en contestarme? ¿Puedo llamar para averiguar si me están considerando?

Las solicitudes son recibidas y revisadas por el personal de Recursos Humanos. Las solicitudes que reúnen las calificaciones mínimas son enviadas al supervisor de entrevistas. Como existen tantas variables en cualquier proceso de contratación y selección, no podemos establecer una fecha límite exacta.

Además, no podemos proporcionar el estado de las solicitudes individuales. Sin embargo, normalmente notificamos por correo postal a los solicitantes cuando se llega a una decisión final.

¿Cuáles son las razones más comunes por las cuales las solicitudes son rechazadas y/o descartadas?

En la actualidad soy empleado estatal. Si acepto un empleo con el Administrador Judicial, ¿puedo transferir mis balances de licencias y continuar con el Sistema de Jubilaciones de la Florida y el programa de Compensación Diferida del Estado?

Si es un empleado estatal (servicio profesional, SES y SMS) y deja el empleo estatal por un puesto en la administración judicial, no puede transferir sus balances de licencias. Debe liquidar su balance con la agencia estatal de la cual usted se va.

El Sistema de Jubilaciones de la Florida es transferible y el Administrador Judicial es una entidad participante. Por consiguiente, cuando ingresa a trabajar con el Administrador Judicial proveniente de una agencia estatal, el crédito de servicio que gana se combinará con el crédito de servicio que ganó en la agencia estatal.

El Administrador Judicial también participa en el programa de Compensación Diferida del Estado. Al ser contratados, los nuevos empleados pueden continuar en este programa si completan el papeleo necesario.

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