División de Servicios de Agencias y Agentes
Protegiendo al público que compra seguros mediante la concesión de licencias a personas y entidades competentes y confiables y la investigación expedita de violaciones del Código de Seguros de la Florida.
Licencia y cumplimiento
Licencias Generales para Agentes y Tasadores
Preguntas Frecuentes
Última actualización: 22 de noviembre de 2008
- ¿Cuáles son las tarifas para obtener una licencia?
Depende del tipo de licencia Hacer clic aquí para obtener la lista de Tarifas
- ¿Todas las licencias requieren un curso para obtener la licencia, antes de hacer el examen o solicitar una licencia?
No todas las licencias requieren un curso previo para obtener la licencia. Hacer clic aquí para obtener una lista de licencias y sus requisitos.
- ¿Cómo encuentro un curso para obtener la licencia?
Hacer clic aquí para buscar Cursos para obtener la licencia.
- La última vez que hice la solicitud envié la documentación. ¿Tengo que volver a enviar la misma documentación?
Toda documentación enviada al departamento se conserva en el archivo del solicitante. En algunos casos quizá sea necesario volver a enviar los documentos o se pueden requerir nuevos documentos.
- ¿Puedo solicitar una licencia si tengo antecedentes penales?
El departamento revisa toda la información básica de acuerdo con cada caso. Los motivos para el rechazo discrecional de un solicitante, debido a antecedentes penales, se enumeran en el Código Administrativo 69 B-211.042. Para leer más información sobre este tema, vaya a nuestra página para solicitantes con antecedentes penales haciendo clic aquí.
- He sido aprobado para un examen pero ahora tengo una designación. ¿Qué tengo que hacer?
Tendrá que enviar la designación al departamento. Si su autorización para examen no se ha vencido, tendrá que llamar al departamento para que le corrijan la solicitud para aprobación. Si la autorización para examen se ha vencido, tendrá que volver a solicitar la licencia.
- ¿Todas las licencias necesitan nombramientos?
Todas las licencias requieren un nombramiento a excepción de inscripciones y licencias de agencias de seguros (20-05, 21-05, 90-05 y 91-05).
- He enviado huellas dactilares al departamento para otra licencia. ¿Tengo que hacerlo de nuevo?
Los resultados de las huellas dactilares son válidos por 12 meses.
- He enviado huellas dactilares a otro departamento (fuera de la División de Agentes y Servicios de Agencias). ¿Esas huellas dactilares son aceptables?
No. No podemos aceptar huellas dactilares fuera de Servicios de Agentes y Agencias.
- ¿Tengo que hacer un examen si quiero cambiar de una licencia de tasador a otra?
Posiblemente. Si tiene una licencia válida de tasador independiente o de compañía con la Florida, usted es elegible para una licencia de tasador independiente o de compañía igual o menor sin examen. Sin embargo, las licencias de tasador público residente sí requieren que usted haga el examen de tasador según el Estatuto de la Florida 626.221. Los tasadores públicos no residentes pueden estar exentos de presentar el examen; revise la lista recíproca para tasadores. Esta lista se puede encontrar haciendo clic en Información sobre Licencias, luego seleccionando Información General sobre Licencias o haga clic aquí para ver la lista recíproca para tasadores.
- Tengo una mala puntuación de crédito. ¿Esto evitará que obtenga una licencia?
No. El departamento no se fija en la puntuación de crédito.
- ¿Tengo que renovar mi licencia de la Florida?
No. Una licencia de la Florida es perpetua, PERO expirará si está más de 48 sin un nombramiento.
- ¿Cuándo expira mi licencia?
Las licencias expirarán si transcurren más de 48 meses sin un nombramiento. Si no se completa una educación continua, esto puede resultar en la cancelación de nombramiento(s).
- ¿Qué tengo que hacer para recuperar mi licencia si ha expirado?
Debe volver a calificar como un solicitante por primera vez.
- ¿Cómo verifico el estado de mi solicitud?
El estado de las solicitudes y licencias se puede verificar yendo a www.myfloridacfo.com/agents e ingresando en Mi Perfil, haga clic aquí.
- ¿Cómo cambio mi dirección?
Vaya a www.myfloridacfo.com/agents e ingrese en Mi Perfil y seleccione Cambio de Domicilio, haga clic aquí.
- ¿Qué es una solicitud de examen exclusivamente?
Una solicitud de examen exclusivamente es una manera que tienen las personas para tratar de aprobar un Examen Estatal, pero sin recibir la aprobación del Estado para esa licencia. Una vez que una persona aprueba un examen, puede pedir la aprobación del estado solicitando esa licencia en Mi Perfil.
- Si envié una solicitud de examen exclusivamente pero elegí el examen incorrecto. ¿Puedo obtener un reembolso?
No. Según el Estatuto de la Florida 626.171(5), ninguna tarifa es reembolsable.
- Si originalmente solicité un examen exclusivamente y aprobé, ¿qué hago ahora?
Debe solicitar una licencia. Ingrese a Mi Perfil y elija Nueva Licencia de Agente o Nueva Licencia de Tasador. Si es aprobado por el estado, Pearson VUE le enviará por correo su tarjeta de identificación de licencia.
- Si hago la solicitud para la licencia incorrecta en general, ¿puedo obtener un reembolso?
No. Las solicitudes no están sujetas a reembolsos, según el Estatuto de la Florida 626.171(5).
- ¿Qué sucede si no apruebo el examen o pierdo la cita para hacerlo?
Tres (3) días después de cualquiera de las dos opciones, puede solicitar otro examen. Se le cobrará $56 cada vez que se haga esto.
- ¿Qué es un nombramiento?
Una autorización formal para trabajar hecha por una compañía de seguros para el Estado. Autoriza al agente a suscribir negocios para esa compañía de seguros.
- ¿Qué es el requisito de educación continua? ¿Cuándo vence?
El número de horas de educación continua requerido depende del tipo de licencia que tenga y de la cantidad de años que haya tenido la licencia. La educación continua se vence cada 2 años, para la mayoría de los tipos de licencia. Puede verificar su requisito de educación continua yendo a www.myfloridacfo.com/agents e ingresando en Mi Perfil. Comuníquese con el departamento (850-413-3137) si tiene preguntas relacionadas con su requerimiento.
- ¿Dónde puedo encontrar los formularios?
Todos los formularios se pueden encontrar en la página Web de Agentes y Servicios de Agencias o haciendo clic aquí.
- ¿Qué debo hacer para vender viáticos?
Primero, debe tener una licencia para seguros de vida. Luego debe autonombrarse para viáticos. Hacer clic aquí para ir al sitio de eAppoint. Revise nuestras Preguntas frecuentes de eAppoint para obtener ayuda paso a paso.
- ¿La prueba es en español?
No. La prueba actualmente sólo se da en inglés. Si el inglés no es su primer idioma, puede recibir una extensión de una hora para el examen. Comuníquese con Pearson VUE (888-274-2020) para obtener más información.
- Si tengo una licencia en otro estado, ¿puedo utilizar mi licencia en la Florida?
No. Se le exige tener una licencia en la Florida.
- Tengo licencia como no residente de la Florida. ¿Necesito un nombramiento del condado?
Sólo necesita nombramientos del condado si viene físicamente a la Florida a realizar negocios. La aseguradora debe designarlo para cada condado donde estará realizando transacciones de seguros, mientras esté en la Florida. Comuníquese con la aseguradora para esto.
- Quiero vender viáticos, ¿Por dónde empiezo?
Primero debe obtener una licencia para seguros de vida o mayor, como por ejemplo vida y salud. Una vez que se obtenga la licencia, debe hacer un autonombramiento para viáticos. Refiérase a nuestras Preguntas Frecuentes en eAppoint para obtener ayuda con el autonombramiento.
- ¿Un agente de vida puede ser un agente de seguros y un director de funeraria de medio tiempo?
No. Según el Estatuto de la Florida 626.785, el agente no puede ser un agente de seguros y un director de funeraria a menos que el único producto que se venda sea para prenecesidad.
Sin embargo, según el Estatuto de la Florida 626.785(1)(d), un agente de seguros de vida que no está afiliado a un establecimiento funerario puede obtener una Licencia de Prenecesidad en la Oficina de Funerales y Cementerios y puede contratar un establecimiento funerario para vender un Contrato de Prenecesidad, "...las pólizas de seguro limitadas cubren el gasto de disposición final o entierro de un asegurado por la suma de $12,500...".
- ¿Un agente puede pagarle una tarifa a una persona sin licencia para obtener referencias de posibles clientes?
Sí. Siempre y cuando cumpla con el Estatuto de la Florida 626.112(8) que establece que "Ningún agente de seguros, agencia de seguros u otra persona con licencia bajo el Código de Seguros tiene que pagar una tarifa u otra consideración a una persona sin licencia aparte de una agencia de seguros por la referencia de posibles compradores a un agente de seguros que de cualquier forma depende de si la referencia resulta en la compra de un producto de seguros".
En resumen, está bien pagarle a una persona sin licencia por cada referencia. Si usted sólo le paga a esa persona sin licencia por las referencias que resultan de la venta de un producto de seguros, esto viola la ley.
- Si una compañía de tarjeta de crédito cobra una tarifa de 2% por pagos de pólizas/primas, ¿la agencia puede cobrarle al consumidor esa tarifa para obtener un reembolso?
Sí, pero sólo el monto de la tarifa que la compañía de tarjetas de crédito le cobra a la agencia. (Esto no se aplica a las fianzas).
- ¿Un agente/agencia puede cobrar una tarifa además de la comisión por mantenimiento de cuentas?
Respuesta. En circunstancias específicas, sí. El Estatuto de la Florida 627.7295(5) permite que un agente cobre $10 por tarifa de póliza sólo para pólizas PIP/PD.; El estatuto establece "Un agente de líneas generales con licencia puede cobrar una tarifa por póliza que no exceda $10 para cubrir los costos administrativos del agente relacionado con la venta de la póliza de seguros para vehículos motorizados si la póliza cubre sólo la cobertura de protección contra lesiones personales según lo especificado por la sección 627.736 y cobertura de responsabilidad por daños a la propiedad según los especificado en la sección 627.7275 y si ningún otro seguro es vendido o emitido conjuntamente con o paralelo a la póliza. La tarifa no se considera parte de la prima".
El Estatuto de la Florida 626.593 se aplica a la cobertura de seguro de salud grupal y establece lo siguiente: "Ninguna persona con licencia como agente de seguros puede recibir una tarifa o comisión o cualquier otra cosa de valor además de las tarifas presentadas según el capítulo 627 por examinar cualquier seguro grupal de salud o cualquier plan de beneficios grupales de salud con el fin de dar u ofrecer consejo, asesoramiento, recomendaciones o información con respecto a términos, condiciones, beneficios, cobertura o prima de cualquiera de dichas pólizas o contrato a menos que dicha compensación se base en un contrato escrito firmado por la parte a la que se le cobrará y que especifique o claramente defina el monto o cuantía de dicha compensación e informe a la parte a la que se le cobrará que cualquier comisión recibida de una aseguradora será reembolsada a la parte según la subsección (3). Asimismo, toda compensación que se pague al agente de seguros debe ser revelada en el contrato". Cualquier otro cargo será considerado una transacción ilegal en primas y sería una violación del Estatuto de la Florida 626.9541(1)(o) y 627.403.
Una tarifa de asesoramiento NO puede ser cobrada donde la tarifa sea parte de la consideración para cobertura de seguro, ya que esa tarifa sería considerada una prima adicional. SIN EMBARGO, una tarifa de asesoramiento puede ser cobrada por servicios no relacionados con la colocación de la cobertura si hay un contrato de asesoramiento SEPARADO entre el agente y el asegurado. Si se cobra una tarifa de asesoramiento, el asegurado debe entender completamente que está celebrando un contrato separado y pagando una consideración separada por adelantado por el servicio de asesoramiento o desempeño. Los servicios prestados deben ser distintos de los que normalmente proporciona un agente de seguros en conexión con la solicitud o realización de la cobertura de seguro.
- ¿Por cuánto tiempo debo conservar los registros?
El Estatuto de la Florida626.561(2) establece "El portador de licencia debe conservar y poner a disposición del departamento u oficina libros, cuentas y registros que le permitan al departamento u oficina determinar si el portador de la licencia está cumpliendo con las disposiciones de este código. Cada portador debe preservar libros, cuentas y registros relacionados con el pago de una prima durante un mínimo de 3 años después del pago; siempre que, sin embargo, la preservación de los registros por computadora, o por reproducciones fotográficas de los mismos, o registros en forma fotográfica constituyan cumplimiento con este requerimiento. Todos los otros registros deben ser conservados según el Estatuto de la Florida 626.748 que establece: "Todo agente que realice transacciones de pólizas de seguro debe conservar en su oficina, o tener fácilmente accesible por medios electrónicos o fotográficos, dichos registros de pólizas negociadas por él/ella según le permita a los titulares de póliza y al departamento obtener toda información necesaria, incluyendo informes diarios, solicitudes, endosos de cambio o documentos firmados o iniciados por el asegurado relacionados con dichas pólizas". El requerimiento de 3 años no se aplicará a pólizas de seguros provisionales cuando en última instancia no se emita ninguna póliza y no se cobre ninguna prima.
Los Corredores de acuerdos de viático deben conservar los registros según el Estatuto de la Florida 626.9922 (2), que establece que "Todas las cuentas, libros y registros, documentos, archivos, contratos y otra información relacionada con todas las transacciones de contratos de acuerdos de viáticos, expectativas de vida o acuerdos de compra de acuerdo de viático realizados antes del 1 de julio de 2005, deben ser conservados por el portador de licencia durante un período de por lo menos 3 años después del fallecimiento del asegurado y deben estar disponibles para que la oficina o departamento realice inspecciones durante horas comerciales razonables".
Consulte la respuesta para agencias de título en Preguntas frecuentes sobre Agentes de Títulos
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