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SEGURO DE PROTECCIÓN CONTRA LESIONES PERSONALES OBLIGATORIO PARA CONDUCTORES EL 1 DE ENERO DE 2008
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Desde que la Legislatura de la Florida aprobó un proyecto de ley para reformar la Ley Sin Culpa de Vehículos Motorizados de la Florida, los ciudadanos deben saber que la ley de la Florida requerirá nuevamente que los conductores cuenten con seguro de Protección contra Lesiones Personales
(PIP) seguro en vigencia el 1 de enero de 2008. Eso significa que a todos los propietarios y conductores de vehículos motorizados se les exigirá tener una cobertura PIP por un monto equivalente a $10,000 para pérdidas incurridas por la persona asegurada o cubierta como resultado de daños físicos, dolencias, enfermedad, o muerte ocasionados por la propiedad, mantenimiento, o uso del vehículo motorizado.
Por Ley, la cobertura PIP paga los siguientes beneficios, hasta un límite de $10,000:
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80 por ciento de gastos médicos necesarios razonables;
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60 por ciento de beneficios de discapacidad por ingresos brutos perdidos y capacidad de ingresos del trabajador;
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100 por ciento de los servicios de reemplazo (por ejemplo cuidado de niños, trabajo en el hogar, etc.); y
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$5,000 por beneficio por fallecimiento
¿No había desaparecido la Ley Sin Culpa?
No, los requisitos de seguros según la Ley Sin Culpa de Vehículos Motorizados de la Florida caducó el 1 de octubre de 2007, pero el requisito para todos los conductores de la Florida de tener cobertura de Protección contra Lesiones Personales (PIP) será reinstaurado el 1 de enero de 2008, según la Ley de la Florida.
¿Qué sucede si me lesiona un conductor culpable que no tiene seguro de automóviles?
PIP cubrirá los pagos médicos, hasta los límites establecidos anteriormente, para usted y cada pasajero del vehículo, sin importar de quién fue la culpa.
¿Si cuento con cobertura de seguro de salud, también necesito una cobertura de seguro de automóviles?
Si. Por Ley usted debe tener un mínimo de $10,000 de cobertura PIP y $10,000 en cobertura de responsabilidad por daños a la propiedad.
¿Cuál es la cuestión fundamental?
Ahora, por Ley, usted debe tener un mínimo de $10,000 de cobertura PIP y $10,000 en cobertura de responsabilidad por daños a la propiedad.
Si sufro un accidente, ¿se cubrirán mis ingresos perdidos?
Si, PIP cubrirá hasta el 60 por ciento de beneficios de discapacidad por ingresos brutos perdidos y capacidad de ingresos del trabajador, luego del pago por gastos médicos, hasta un límite de $10,000.
¿Qué cubre la cobertura de Responsabilidad por Daños a la Propiedad y cuáles son las circunstancias? La cobertura de Responsabilidad por Daños a la Propiedad, que también es requerida bajo la ley de la Florida, paga algunos daños (hasta el límite de la póliza) que usted o cualquier otra persona bajo su póliza le ha ocasionado a la propiedad de una persona mediante el uso de un automóvil. Sólo cubre aquellos daños por los que usted o cualquier otra persona bajo su póliza es legalmente responsable. |